SUMAR Y PODEMOS JUNTOS A LAS GENERALES ¿QUÉ PUEDE SALIR MAL?
PROPUESTA DE EXIGENCIAS AL POSIBLE PRÓXIMO GOBIERNO DE AMPLIAS ALIANZAS
HASTA LOS COJONES DEL ASUNTO LUIS RUBIALES Y DE TODO EL SHOW
TIEMPO DE PESIMISMO (NO EXAGERAR LOS ADJETIVOS), TIEMPO DE ESPERANZA
SUMAR Y PODEMOS JUNTOS A LAS GENERALES ¿QUÉ PUEDE SALIR MAL?
16 de marzo de 2017
EXPROPIACIÓN, FUNDAMENTO DEL CAPITAL
Ezequiel
Hernández. Divulgación marxista
Famosamente
dice Marx que el capital viene al mundo “chorreando
lodo y sangre”
(cap.
24 de "El
Capital”) y
muestra una historia de violencia que fue desatada porque era
necesaria para cumplir un fin, el fin último de la clase
capitalista, que es la ganancia. Y la ganancia sólo puede producirse
cuando una masa de desesperados se agolpa ante las puertas de las
fábricas rogando que por piedad se les permita vender su capacidad
de trabajo, para soñar con vivir al menos un día más. En el mundo
de la igualdad de derechos y oportunidades.
Porque
un hombre que tiene su propia tierra va a emplear su fuerza de
trabajo para su propio provecho y no requiere del permiso de nadie
para trabajar. ¡Un hombre así es libre, verdaderamente libre!
El
hombre verdaderamente libre no le sirve al capitalista. Éste
necesita hombres disminuidos, temerosos, que no tengan derecho a
trabajar por su cuenta, en definitiva, hombres que no puedan ejercer
la libertad que está impresa en las inútiles Constituciones. El
hombre libre no necesita al capitalista, pero el capitalista necesita
hombres que lo necesiten… entonces ¿qué hace? Convierte a los
hombres orgullosos y dueños de sí mismos, en hombres despojados,
castigados por la amenaza de un hambre que no pueden saciar por sus
propios medios. Donde ayer bastaba el rudo esfuerzo para sobrevivir,
ahora es necesario pedir permiso…
Esta
fue la tarea en que se ocupó la burguesía desde que el mundo la
parió. Primero fueron, en tanto campesinos acomodados de aldea,
serviles cómplices de los señores feudales para ayudar a explotar a
quienes eran sus compadres, los campesinos más pobres. En cuanto la
presión de los tributos feudales se hizo demasiado pesada para estos
pobres campesinos, fueron perdiendo tierras y ya no pudieron ser
autosuficientes. ¡Acá empezó la fiesta! Se había separado al
hombre de aquello que lo hacía autónomo, se lo había desposeído.
Ahora
los campesinos acomodados podían venir “al rescate”.
Ahora el hombre orgulloso necesita al capitalista. El que no tiene
medios de producción necesita al que sí tiene medios de producción.
El campesino acomodado por fin puede adueñarse de la capacidad de
trabajar del hombre despojado, y se convierte plenamente en
capitalista. Ahora puede pagar un salario lo suficientemente bajo
como para extraer una ganancia de la relación asalariada, de la
diferencia entre lo que paga al trabajador y el valor del trabajo que
obtiene. De la explotación.
Y
lo que empezó en el pequeño mundo feudal se universalizó con la
expansión europea, con la conquista del mundo. Y a cada parte del
planeta que el capitalismo quería transformar a su imagen y
semejanza, la revolucionaba de la misma manera, “liberaba”
a los hombres de su relación directa con la naturaleza, y aniquilaba
las bases de su autonomía y de su verdadera libertad. Ningún país
desarrolló un proletariado hasta que no se limitó y cercenó el
acceso a la tierra, y miles y millones de campesinos fueron
expulsados. Las oleadas de hombres buscando trabajo surgían de este
proceso mundial de desposesión.
Marx
explica todo esto en el cap. 24, y luego en el capítulo siguiente
(cap.
25) presenta la prueba irrefutable (1) de la contradicción entre
el capitalismo y el trabajo personal autónomo: estudia el proceso
paralelo que necesariamente debe ocurrir en los territorios en donde
el capitalismo se va expandiendo y forma colonias con personas que
han podido adquirir tierras propias. Es el caso de colonias como
Estados Unidos, Australia, etc. En algún momento el capitalismo
necesita, para despegar y desarrollarse plenamente, primero: que se
agote la disponibilidad de tierras, y segundo: que las tierras ya
ocupadas por pequeños granjeros independientes sean expropiadas
progresivamente, en un proceso de concentración de la tierra que a
lo largo de décadas va liquidando al campesinado. Esto es lo que
ocurrió en los casos mencionados y está ilustrado en el gran libro
de Steinbeck “Las
uvas de la ira”
(de cuya película extraigo las imágenes). También es lo que vemos
en nuestros días en China y en India, donde millones de campesinos
son expulsados de sus tierras para pasar a formar la gigantesca
reserva proletaria que el capitalismo mundial necesita.
Sin
mas introducción, los dejo con un extracto del mencionado Capítulo
XXV de El Capital (aunque es un capítulo tan corto que conviene
leerlo directamente de la fuente, y completo):
“La
economía política procura, por principio, mantener en pie la más
agradable de las confusiones entre la propiedad privada que se funda
en el trabajo personal y la propiedad privada capitalista
diametralmente contrapuesta , que se funda en el aniquilamiento de la
primera. En el occidente de Europa, patria de la economía política,
el proceso de la acumulación originaria se ha consumado en mayor o
menor medida. En esta región, o el modo capitalista de producción
ha sometido directamente la producción nacional en su totalidad, o,
allí donde las condiciones aún no están desarrolladas, por lo
menos controla indirectamente las capas sociales que siguen vegetando
a su lado, capas degenerescentes que corresponden al modo de
producción anticuado. El economista aplica a este mundo acabado del
capital las nociones jurídicas y de propiedad vigentes en el mundo
precapitalista, y lo hace con un celo tanto más ansioso y con tanta
mayor unción, cuanto más duro es el choque entre su ideología y
los hechos. No ocurre lo mismo en las colonias. El modo capitalista
de producción y de apropiación tropieza allí, en todas partes, con
el obstáculo que representa la propiedad obtenida a fuerza de
trabajo por su propio dueño, con el obstáculo del productor que, en
cuanto poseedor de sus propias condiciones de trabajo, se enriquece a
sí mismo en vez de enriquecer al capitalista. La contradicción
entre estos dos modos de producción y de apropiación,
diametralmente contrapuestos, existe aquí de manera práctica. Allí
donde el capitalista tiene guardadas sus espaldas por el poder de la
metrópoli, procura quitar de en medio, por la violencia, el modo de
producción y de apropiación fundado en el trabajo personal. El
mismo interés que en la metrópoli empuja al sicofante del capital,
al economista, a explicar teóricamente el modo de producción
capitalista por su contrario, ese mismo interés lo impulsa aquí “to
make a clean breast of it” [a sincerarse], a proclamar sin tapujos
la antítesis entre ambos modos de producción. A tal efecto, pasa a
demostrar cómo el desarrollo de la fuerza productiva social del
trabajo, la cooperación, la división del trabajo, la aplicación de
la maquinaria en gran escala, etcétera, son imposibles sin la
expropiación de los trabajadores y la consiguiente transformación
de sus medios de producción en capital. En interés de la llamada
riqueza nacional, se lanza a la búsqueda de medios artificiales que
establezcan la pobreza popular. Su coraza apologética se desmigaja
aquí como yesca echada a perder.
(…)
En primer término, Wakefield descubrió en las colonias que la
propiedad de dinero, de medios de subsistencia, máquinas y otros
medios de producción no confieren a un hombre la condición de
capitalista si le falta el complemento: el asalariado, el otro hombre
forzado a venderse voluntariamente a sí mismo. Descubrió que el
capital no es una cosa, sino una relación social entre personas
mediada por cosas (…)
“Si
el capital”, dice Wakefield, “estuviera distribuido en porciones
iguales entre todos los miembros de la sociedad […], a nadie le
interesaría acumular más capital que el que pudiese emplear con sus
propios brazos. Es este el caso, hasta cierto punto, en las nuevas
colonias norteamericanas, donde la pasión por la propiedad de la
tierra impide la existencia de una clase de trabajadores
asalariados“. Por tanto, mientras el trabajador puede acumular para
sí mismo y lo puede hacer mientras sigue siendo propietario de sus
medios de producción, la acumulación capitalista y el modo
capitalista de producción son imposibles. No existe la clase de los
asalariados, indispensable para ello. ¿Cómo, entonces, se llevó a
cabo en la vieja Europa la expropiación del trabajador, al que se
privó de sus condiciones de trabajo, y por tanto la creación del
capital y el trabajo asalariado? Mediante un contrat social de tipo
absolutamente inédito.
“La
humanidad… adoptó un sencillo método para promover la acumulación
del capital“, misión que, naturalmente, desde los tiempos de Adán
espejeaba en la imaginación de los hombres como fin último y único
de su existencia: “se dividió en propietarios de capital y
propietarios de trabajo… Esta división fue el resultado de un
concierto y combinación voluntarios“. En una palabra: la masa de
la humanidad se expropió a sí misma para mayor gloria de la
“acumulación del capital”. Ahora bien, habría que creer que el
instinto de este fanático renunciamiento de sí mismo debería
manifestarse sin trabas especialmente en las colonias, pues sólo en
éstas existen hombres y circunstancias que podrían transferir un
contrat social del reino de los sueños al de la realidad. ¿Pero
para qué, entonces, la “colonización sistemática“,
antitéticamente contrapuesta a la espontánea y natural? Pero, pero,
pero: “En los estados septentrionales de la Unión norteamericana
es dudoso que una décima parte de la población pertenezca a la
categoría de los asalariados… En Inglaterra… la gran masa del
pueblo está compuesta de asalariados”. El impulso autoexpropiador
de la humanidad laboriosa, en efecto, para mayor gloria del capital,
tiene una existencia tan tenue que la esclavitud, según el propio
Wakefield, es el único fundamento natural de la riqueza colonial. La
colonización sistemática de Wakefield es un mero pis aller
[paliativo], ya que tiene que vérselas con hombres libres, no con
esclavos. “Sin esclavitud, en las colonias españolas el capital
habría sucumbido o, por lo menos, se habría contraído,
reduciéndose a las pequeñas cantidades que cualquier individuo
puede emplear con sus propios brazos. Esto ocurrió efectivamente en
la última colonia fundada por los ingleses, donde un gran capital en
simientes, ganado e instrumentos pereció por falta de asalariados, y
donde ningún colono posee más capital que el que puede emplear con
sus propios brazos”.
La
expropiación de la masa del pueblo despojada de la tierra, como
vemos, constituye el fundamento del modo capitalista de producción.
La esencia de una colonia libre consiste, a la inversa, en que la
mayor parte del suelo es todavía propiedad del pueblo, y por tanto
en que cada colono puede convertir una parte de la misma en su
propiedad privada y en medio individual de producción, sin impedir
con ello que los colonos posteriores efectúen la misma operación.
Este es el secreto tanto de la prosperidad de las colonias como del
cáncer que las roe: su resistencia a la radicación del capital.
“Donde la tierra es muy barata y todos los hombres son libres;
donde cualquiera que lo desee puede obtener para sí mismo un pedazo
de tierra, no sólo el trabajo es muy caro en lo que respecta a la
parte que de su propio producto toca al trabajador, sino que lo
difícil es obtener trabajo combinado, a cualquier precio que sea“
(1)
Lo que se llama consecuencia observacional, para quienes busquen
formas de contrastar empíricamente la teoría marxiana.
15 de marzo de 2017
EL SUPREMO AVALA LA SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ESQUIROLEAR UNA HUELGA
Diego
Lotito. La Izquierda Diario
El
Tribunal Supremo avala, contra una sentencia previa de la Audiencia
Nacional, que se subcontraten servicios en una huelga. Impedirlo,
dice la resolución, supone una protección "exorbitante"
del derecho a la huelga.
La sentencia es precursora, qué
duda cabe. Establece que los clientes de una empresa que no formen
grupo económico con ésta pueden neutralizar la acción de una
huelga subcontratando los mismos servicios.
Para el tribunal, impedir esto,
como había resuelto la Audiencia Nacional en el mismo caso y ha
entendido hasta ahora la jurisprudencia, supone una protección
"totalmente exorbitante" del derecho a la huelga.
La resolución judicial fue
dictada en noviembre de 2016, estableciendo un fallo opuesto al que
previamente había emitido la Audiencia Nacional otorgando la razón
al sindicato CGT en una demanda contra la empresa Altrad Rodisola,
especializada en el montaje y alquiler de andamios.
El
caso: Altrad Rodisola
Altrad Rodisola es una empresa
especializada en montar andamios y aislamientos en obras de
construcción en el sector químico y nuclear. El grupo francés
Altrad, del que forma parte Altrad Rodisola, es un grupo presencia en
una docena de países europeos, además de China, Estados Unidos o
regiones como el norte de África y tiene un volumen de negocio de
861 millones de euros y unos beneficios netos de 49 millones de
euros.
En 2015 la empresa comenzó un
proceso de reestructuración para reducir costes, modificando
arbitrariamente las condiciones laborales de la plantilla. El 20 de
agosto de ese año los sindicatos organizados en la empresa
convocaron a una huelga indefinida en la planta de Tarragona, acatada
por el 90% de la plantilla de cerca de 130 trabajadores.
Durante
el período que duró la huelga, varios de los trabajos que estaban
paralizados por lo huelga fueron realizados por empresas
subcontratadas por sus clientes, Dow Chemical y Basell Poliofelinas,
que para prestar dichos servicios manipularon y modificaron andamios
y materiales de Altrad.
Los
sindicatos denunciaron estas acciones como una abierta vulneración
del derecho de huelga. CGT llevó la denuncia a la Audiencia Nacional
y la sala de lo Social le dio la razón al entender que, si la
plantilla no hubiera estado en huelga por la defensa de sus
condiciones de trabajo, dichos trabajos no hubieran sido realizados
por otras empresas.
La decisión de la Audiencia
Nacional se ajustó a la doctrina que hasta ahora ha dicho que estos
servicios vulneran el derecho a la huelga. Pero sólo hasta ahora.
Altrad presentó un recurso que encontró cobijo en el Tribunal
Supremo, el cual dictó un fallo opuesto en la que sostiene que
impedir la subcontratación supone una protección "exorbitante"
del derecho a huelga.
“Si se impidiese a los
destinatarios de los trabajos, que no lo tuvieran prohibido por
contrato, contratar con otras [empresas], llegaríamos a sostener que
los consumidores habituales de un comercio no pudieran comprar en
otro, en caso de huelga en el primero, o que la empresa que tenga que
realizar determinados trabajos no pudiera recurrir a otra empresa de
servicios”, especifica el fallo.
En la sentencia que ahora viene
a anular el Supremo, la Audiencia Nacional, por el contrario, había
señalado que “los actos vulneradores del derecho de huelga
pueden ser realizados por terceros empresarios distintos del titular
de la empresa o centro de trabajo en cuyo ámbito se produce la
huelga, si tales empresarios tienen una especial vinculación con
aquél, como sucede en nuestro caso, en el que la demandada presta
servicios para los mismos, y tal vulneración se produce mediante los
actos del empresario principal que acude a contratar los servicios de
una nueva empresa contratista para realizar los trabajos que debían
ser desarrollados por los trabajadores que ejercen su derecho a la
huelga”.
Para la Audiencia Nacional, “la
vulneración tiene como efecto neutralizar el legítimo derecho a la
huelga” y la empresa “lo único que hizo fue comunicar a sus
clientes la huelga para que pudieran subcontratar temporalmente los
trabajos que Altrad hubiera desarrollado durante el transcurso de la
huelga, sin oponerse a que fuera manipulado por terceros su propio
material”.
Estos fundamentos son los que
el Tribunal Supremo ha venido a cargarse con su nuevo fallo,
eximiendo a la empresa de cualquier responsabilidad por el accionar
de sus clientes subcontratando los servicios que no podía prestar
por la huelga.
Para el tribunal que se
encuentra en la cúspide del poder judicial español, “no existe
una vinculación que justifique hacer responsable a Altrad de una
conducta en la que no ha participado y en la que no ha podido
intervenir para tomar la decisión”.
Según el TS, la actuación de
Altrad "consistió únicamente en comunicar a todos sus
clientes que no podía realizar los trabajos comprometidos con ellas
durante la realización de la huelga", y aún más, añade que
Altrad "no tiene una vinculación con sus clientes que le
permita codecidir con ellas la realización de esos trabajos por
terceras empresas de la competencia, ni tampoco se benefició de
ello, y sin que tampoco conste que hubiese colaborado”.
La sentencia, finalmente,
establece que no puede adjudicarse a Altrad que “haya impedido o
disminuido los efectos de la huelga, o menoscabado la posición
negociadora”.
Defender
el derecho a huelga
Los abogados de los grandes
capitalistas ya se frotan las manos. En un artículo
publicado en el diario Expansión, Íñigo Sagardoy, presidente
de Sagardoy Abogados, cree que la sentencia “es importante
porque sienta que la huelga es instrumento que se ejerce en el marco
del contrato de trabajo como una medida de presión sobre el
empresario mediante la imposición del perjuicio que deriva de la no
prestación del trabajo”.
Aunque las implicaciones
legales de la sentencia aún están por verse, la interpretación
alternativa de la jurisprudencia relativa al derecho a la huelga que
hace el Supremo ha dado estatus legal al esquirolaje mediante el
mecanismo de la subcontratación de servicios, abriendo un portal a
todo tipo de maniobras patronal para vulnerar el derecho de huelga.
En ese marco, resulta insólito
que CCOO considere que en la sentencia el Supremo “no corrige su
doctrina sobre el derecho de huelga”. En un comunicado
publicado en su sitio web, el sindicato asegura que “no es
cierto que la sentencia admita, sin más, que ante una huelga
convocada, se pueda suplir la actividad de los trabajadores acudiendo
a subcontratas. La empresa que es objeto de convocatoria no puede
acudir a esa forma de esquirolaje para desviar la producción, y en
este punto la Sentencia no introduce ningún cambio. Tampoco admite
que otras empresas, si están vinculadas con la que es objeto de
huelga, puedan desviar la producción por cualquier vía”.
Esta visión tranquilizadora se
corresponde con la actitud de pasividad y displicencia que
caracteriza a CCOO (y sus socios de UGT), que desde el estallido de
la crisis capitalista en 2008 han jugado un papel de contención de
la lucha de clases, optando en cada momento crítico por buscar la
“paz social” a costa de entregar cada vez más conquistas
y derechos de la clase trabajadora.
Cuando los capitalistas están
en crisis es cuando se caen las máscaras y ya no se toleran el
derecho de huelga, como tampoco el de reunión, de libertad de
prensa, etc. Este proceso de cercenamientos de las libertades
democráticas más elementales es el que viene avanzando a paso
rápido y con violencia en los últimos años en el Estado español,
a golpe de leyes mordaza, procesos judiciales… y también de
sentencias como la del Tribunal Supremo.
El derecho de huelga es,
sencillamente, el derecho de la clase trabajadora a coaccionar sobre
la producción y la circulación de las personas y mercancías como
un derecho legal y legítimo. La defensa irrestricta de este derecho
es una lucha elemental en la que deben embarcarse todas las
organizaciones obreras, políticas y sociales que se jacten de
defender las libertades democráticas. CCOO y UGT, lejos de sacar
mensajes tranquilizadores, deberían denunciar duramente este nuevo
ataque y convocar a la movilización en defensa del irrestricto
derecho a la huelga y contra todo tipo de vulneración de este
derecho fundamental.
Como escribiera Walter
Benjamin, “según la concepción de la clase obrera –opuesta
a la del estado–, el derecho de huelga es el derecho a
usar la violencia para imponer determinados propósitos”. Hay
que defenderlo con uñas y dientes.
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